Ana Bernal-Triviño
Ya tenemos sentencia del caso Juana en la que la justicia se limpia las manos frente a la vulneración de diversos artículos, como estaba previsto. Pero vayamos al grano, que es el fallo dictado y firmado, casualmente, el mismo día que se celebra el juicio. Lo que crea una duda de si no estaba más que previsto. Aunque la sesión fue larga, se despacha el asunto en el mismo día, como si el tema se tratara de un simple robo y no de una víctima y la vida de unos menores.
Leer la sentencia, incluso a quienes se han manifestado en contra de Juana este tiempo, debería de producir vergüenza dada la irresponsabilidad de alguno de sus párrafos. Y si no se lo produce, es que tenemos un problema grave dentro de la justicia y la sociedad, o bien ya hay un nivel obsesivo en atacar a Juana. Aquí algunos de esos párrafos:
1.- “No se aprecia malos tratos como origen de ese estrés derivado solo por una percepción de la convivencia familiar, en la que como suele ocurrir, seguramente había momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia”.
Con ese “de ahí al maltrato hay una diferencia” el magistrado muestra, como tantos otros, que hay una línea de maltrato solo reconocida por la justicia que es la del asesinato (a veces rebajado a homicidio). Un magistrado con formación sobre violencia de género sabe que no hace falta que un agresor te toque para anularte la autoestima y matarte, prácticamente, en vida. Es esta la razón por la que el maltrato psicológico, casi siempre, es ninguneado por la justicia española cuando la raíz de todo tipo de maltrato procede de ahí, que es el que consigue la anulación de la víctima. Un magistrado con formación conocería que una simple luz de gas, de forma continua sobre la mujer, tiene un efecto aniquilador.
2.- “No explicó ni se comprende que si fue maltratada en Italia entre 2012 y 2016, al nivel que ella dijo, de tortura y terror, no denunciara allí al momento en que se producía cada uno de los varios episodios que tuvieron lugar, según ella, tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas conductas, similar a la nuestra. Si hubiera residido en otro país con una cultura de las que manifiestamente no combaten el maltrato, sería comprensible que no hubiera denuncia e incluso podría tener sentido haber callado los hechos hasta en su círculo más íntimo. Pero no es el caso de Italia. Y ni en este país, ni en España inicia actuación alguna en respuesta a esos supuestos episodios, ni siquiera aporta dato alguno indiciario de haber tenido lugar alguno de ellos, a nivel incluso de haberlo contado a familiares o allegados”. (p.6)
Un juez con formación de perspectiva de género no le haría falta explicación y comprendería por sí solo que una mujer, en muchas ocasiones, no puede denunciar ni pedir ayuda dentro de la espiral del maltrato. Por eso las matan. Por eso las asesinan. Sobre todo en situaciones de aislamiento (recuerden dónde vivía Juana en Italia). Un juez con formación de perspectiva de género sabría también que no es verdad lo que indica sobreItalia, dado que en marzo de 2017Estrasburgo condenó a Italia por su ineficiente lucha contra la violencia machista. País donde una mujer es asesinada cada 72 horas y donde rociar a las mujeres con ácido era la “última arma” de la violencia machista en el país el año pasado.
3.- Después encontramos varios párrafos y frases llamativas donde se acusa a Juana de “renuente cinismo”, además de considerar que todo fue un plan para obtener ventajas procesales. Léanse… “Los hechos muestran que ella decide separarse en el verano de 2016 y por si misma o porque alguien le asesora, se percata que hay un escollo importante con la guarda y custodia de los dos niños y para obtenerla a su favor, decide explotar el argumento del maltrato (p.7)”. Después relata todo un plan minucioso para presentar una segunda denuncia. Y señala que “orquesta una campaña valiéndose de medios de comunicación y organismos públicos, que le dan su incondicional apoyo, todo ello con la mal calculada creencia de que así no tendría ventajas a su favor” (p. 7).
En este párrafo no sólo se comete la irresponsabilidad de señalar sobre Juana la previsión de un plan sino que deja entrever una constante manipulación del proceso y de la leyes procesales en beneficio, enmarcado en un contexto de táctica habitual. Es decir, una ley que está para proteger a la víctima (y recuerden que la ley 1/2004 fue aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados y que el Congreso representa la voz de toda la ciudadanía), este magistrado la desconsidera. Sobre la supuesta campaña de medios de comunicación, este magistrado puede leer el informe que yo, como doctora en Periodismo, presenté en el Tribunal de Violencias Machistas el año pasado, donde queda demostrado que fue Francesco Arcuri el primero en pisar platós de televisión para desacreditar a Juana y el esfuerzo constante de algunos medios en dar voz a vecinos que dejaran impoluta la imagen de Arcuri, para destrozar la de Juana, calificándola de “mala madre”.
4.- “Predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio, tratando de que la apoye de forma más o menos explícita, es una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos (…) “La sensibilidad social que hay sobre la lacra del maltrato, ha llevado a muchas personas a aislar al maltratador convicto; a señalarlo y rehuirlo a la hora de una oferta de trabajo, de un negocio y de muchos otros aspectos de la vida social que van más allá del rechazo personal y afectan a lo económico”.
Que un magistrado predique a los cuatro vientos (usando sus palabras) en una sentencia que no hay investigación en trámite cuando la denuncia de 2016 de Juana están en el limbo, en Italia, es cuanto menos irresponsable. Calificar de “multitud irreflexiva y visceral” a compañeras del movimiento feminista, que incluye ajuristas y expertas como Dones Juristes, es otra gran irresponsabilidad. Que dé a entender que los agresores no pueden rehacer sus vidas cuando son muchas de ellas las que no pueden hacerlo porque están asesinadas bajo tierra o las que viven en casas de acogida sin poder salir a hacer vida normal, es otra tremenda irresponsabilidad. Acusar a Juana en toda la sentencia de que sabía lo que hacía (siendo mujer maltratada) cuando tenemos de hace dos días a un guardia civil de La Manada condenado en primera instancia por abuso sexual, y que nos dicen casi que por despiste o descuido pidió su pasaporte cuando no puede salir del país, muestra una vez más la cara más patriarcal de la justicia.
Pero claro, de qué asustarse. El nombre del juez Manuel Piñar, titular del juzgado penal 1 de Granada, ha saltado en varias ocasiones por sus fallos insólitos. Una, de 1999, cuando las asociaciones feministas ya tildaron al magistrado de machista tras rebajar la indemnización de una accidentada “porque su cicatriz sólo se ve en situaciones íntimas” e indicaba, además, que “la secuela podría ser un elemento de atracción física”. Otra sentencia polémica con su firma fue en 2008cuando calificó los controles de alcoholemia de “inquina persecutoria” por atentar, según él, contra la igualdad. O la peor de todas, de 2011, donde ataca a la Fiscalía General del Estado y a la ley sobre violencia de género. Indica que hay un “excesivo celo ideológico de proteger a la mujer” y lo relacionó con “el principio de oportunidad que legislaciones autoritarias atribuían a fiscales (…) y que estaban al servicio de Hitler o Stalin, aunque ninguno de los dos se atrevió a plasmarlo en leyes”.
La letra pequeña de la sentencia evidencia la irresponsabilidad y peligro con el que la (in)justicia patriarcal deja expuesta a las víctimas. Aunque cabe recurso en el caso Juana, quizás, algún día, la sentencia de este magistrado y sus palabras acaben en instancias internacionales y en la ONU, como el caso de Ángela González. Y el Estado deberá de volver a asumir y reparar la violencia institucional que sus operadores jurídicos ejercen sobre las víctimas.
https://blogs.publico.es/dominiopublico/26165/la-letra-pequena-de-la-sentencia-de-juana-rivas/
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